Red Mundial de Facilitadores

Consejo Directivo

Consejo Directivo
Periodo 2023 - 2027

Cristina de Arozamena
Presidenta Ejecutiva
Javier Álvarez
Canciller
Sesé Rastoll
Director de Capacitación
Diego Salazar
Director de Eventos
Jorge Rivero
Fundador de la RMF

Estatutos de la RMF

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Denominación
ART. 1 Con la denominación de Red Mundial de Facilitadores, que podrá distinguirse con la sigla “RMF”, se constituye la presente organización que se regirá por lo dispuesto en este estatuto y las normas de Derecho Internacional que le sean aplicables.

Misión
ART. 2 La RMF tendrá como misión, promover el desarrollo de los facilitadores hispano hablantes en el mundo.

Objetivos
ART. 3 La RMF tendrá como objetivos:
a) Fortalecer la cooperación entre los facilitadores miembros.
b) Facilitar las negociaciones internacionales entre sus miembros.
c) Promover la implementación de sistemas de gestión de la calidad en los facilitadores miembros.

ART. 4 Los objetivos específicos serán los siguientes:
a) Desarrollar un sistema de información entre los miembros de la RMF.
b) Facilitar la disponibilidad de los materiales de referencia.
c) Organizar y promover programas de capacitación y educación continua, fomentando el intercambio de experiencias y recursos disponibles de sus miembros.

CAPITULO II – DE LOS MIEMBROS
ART. 5 La RMF estará integrada por los facilitadores miembros, según su tipo de membresía: SILVER, GOLD y PLATINUM. Las membresías son vitalicias pero la permanencia en la RMF estará condicionada a la participación activa en sus programas y al cumplimiento de su código de ética.

ART. 6 La incorporación a la RMF será voluntaria. 

CAPITULO III – DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
ART. 7 La estructura orgánica de la RMF estará conformada por:
a) El Fundador
b) El Consejo Directivo
c) Los Embajadores

El Fundador
ART. 8 El Fundador es la máxima autoridad de la RME. Es propietario del dominio www.reddefacilitadores.com  Ejerce la Presidencia del Directorio.

ART. 9 El Fundador nombra al Presidente Ejecutivo de la RMF y en común acuerdo con dicha persona nombra a los demás integrantes del Consejo Directivo.

Del Consejo Directivo

ART. 10 El Consejo Directivo se reunirá por lo menos una vez cada año en persona o mediante el uso de la tecnología.

ART. 11 El Consejo Directivo estará conformado por 5 personas: El Fundador, que ejerce las veces de Presidente del Directorio, el Presidente Ejecutivo, el Vicepresidente Ejecutivo, el Director de Capacitación y el Director de Eventos.

ART. 12 El Consejo Directivo podrá ser convocado en situaciones de emergencia a petición de la mitad más uno de sus miembros y tratará sólo los temas incluidos en la agenda.

ART. 13 El Consejo Directivo tendrá como cometidos:
a) Definir las estrategias y prioridades de la RMF.
b) Elegir a los embajadores de la RMF.
c) Aprobar los planes de acción para cada año.

ART. 14 Las citaciones para las reuniones del Consejo Directivo se efectuarán con un mínimo de una semana de anticipación y se realizarán por medio del Presidente Ejecutivo. En las citaciones debe incluirse: fecha, lugar, hora y la propuesta de agenda.

De los Embajadores
ART. 15 El nombramiento de los embajadores corresponde al Fundador conjuntamente con el Presidente Ejecutivo.

ART 16 Las funciones de un embajador son:
• Representación: Representar a su país en las actividades protocolares, elección de sede, actividades de trabajo, encuentros, que se realizan en el transcurso del año a través de la RME.
• Promoción y Difusión: Promover los eventos y actividades que realiza la Red Mundial de Facilitadores en su país en coordinación con el Consejo Directivo de la RMF.
• Publicidad a través de su red social compartiendo e etiquetando los anuncios publicitarios.
• Gestión: Coordinar las inscripciones y matriculas en su país para que las personas de su país puedan acceder a los programas de la organización.
• Protocolo: Es el encargado de recibir algún directivo o representante de la RME cuando visiten su país por diferentes motivos ya sea promoción de algún evento o alguna actividad a realizar.
• Acreditación y Certificación: Es el encargado de gestionar todos los procesos de entrega de certificados trabajando en conjunto con la RMF

ART. 17 El periodo de gestión de cada embajador es de un año calendario.

CAPITULO IV – DE LAS DECISIONES

ART. 18 Las decisiones del Consejo Directivo se tomarán por mayoría simple del total de sus miembros.

CAPITULO V – REFORMA DEL ESTATUTO

ART. 19 La reforma total o parcial del Estatuto deberá realizarse por el Consejo Directivo convocado a tal efecto. Toda modificación propuesta deberá ser aprobada por la totalidad los miembros del Consejo Directivo.

CAPITULO VI FINANCIAMIENTO

ART. 20 Las actividades de la RMF podrán ser financiadas únicamente por medio de:
a) Recursos de las membresías.
b) Fondos gestionados por el desarrollo de eventos y actividades propias.
c) Donaciones.